Santo Domingo. En medio de las discusiones generadas por la reciente reforma tributaria aprobada por el Congreso Nacional y promulgada por el Poder Ejecutivo, una de las inquietudes más recurrentes entre los trabajadores dominicanos ha sido el futuro del salario de Navidad, conocido popularmente como doble sueldo.
La respuesta, según establece la legislación vigente, es clara: el salario de Navidad no fue eliminado, reducido ni sometido a nuevas cargas impositivas.Lejos de afectar este beneficio laboral, la nueva Ley 30-26 mantiene intacta una de las prestaciones más importantes para millones de trabajadores dominicanos y reafirma su protección dentro del ordenamiento jurídico nacional.
El salario de Navidad constituye un derecho adquirido que forma parte de la legislación laboral dominicana desde hace décadas.
Su objetivo ha sido garantizar un ingreso adicional a los trabajadores durante el período navideño, una época tradicionalmente asociada a mayores gastos familiares.De acuerdo con el Código de Trabajo, este beneficio equivale a la duodécima parte del salario ordinario devengado por el empleado durante el año calendario. Cuando un trabajador no ha laborado durante todo el año, recibe la proporción correspondiente al tiempo trabajado.
Una aclaración necesariaLa preocupación sobre una posible afectación al doble sueldo surgió en redes sociales y espacios de opinión luego de conocerse varios aspectos de la reforma tributaria. Sin embargo, especialistas en materia laboral y tributaria han señalado que la nueva legislación no modifica el derecho de los trabajadores a recibir este pago.
Por el contrario, la reforma incorpora disposiciones que ratifican el tratamiento especial que históricamente ha tenido el salario de Navidad frente al Impuesto Sobre la Renta (ISR). La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha explicado que el salario de Navidad goza de una protección especial dentro del sistema tributario dominicano.
Además de ser un derecho laboral obligatorio, se encuentra exento de gravámenes y no puede ser objeto de embargo, cesión o venta. Un beneficio protegido por la leyLa base legal de esta protección se encuentra en el artículo 222 del Código de Trabajo, modificado por la Ley 204-97. Esa disposición establece que el salario de Navidad no está sujeto al Impuesto Sobre la Renta y que la exención se mantiene incluso cuando el monto pagado supera determinados límites salariales.
Juristas consultados en distintos análisis sobre la materia han sostenido que el espíritu de la norma ha sido preservar el carácter social del doble sueldo y evitar que este ingreso extraordinario pierda valor mediante cargas tributarias.
Para miles de familias dominicanas, el salario de Navidad representa una herramienta fundamental para afrontar compromisos económicos de fin de año, realizar compras navideñas, cubrir gastos educativos pendientes o fortalecer el presupuesto familiar.Impacto económicoCada diciembre, el desembolso de miles de millones de pesos por concepto de salario de Navidad genera un importante movimiento en la economía nacional.
Comercios, pequeñas empresas y prestadores de servicios suelen registrar un incremento en la actividad económica impulsado por esos recursos que llegan directamente a los hogares.Por esa razón, cualquier modificación relacionada con este beneficio suele despertar atención inmediata entre trabajadores y empleadores.La legislación aprobada este año no introduce cambios que alteren ese esquema.
Los trabajadores seguirán teniendo derecho a recibir su salario de Navidad conforme a las disposiciones establecidas en el Código de Trabajo y bajo las mismas garantías legales que han existido hasta ahora.
Lo que deben saber los trabajadoresEn términos prácticos, la reforma no cambia las reglas para el cobro del doble sueldo:El salario de Navidad continúa siendo obligatorio para los empleadores.
Debe pagarse durante el mes de diciembre.Se calcula sobre la base del salario ordinario devengado durante el año.Mantiene su tratamiento especial frente al Impuesto Sobre la Renta.Conserva las protecciones legales que impiden su embargo o gravamen.
En un contexto donde las reformas económicas suelen generar incertidumbre, la legislación recientemente promulgada deja fuera de cualquier modificación al doble sueldo, uno de los beneficios laborales con mayor arraigo en la República Dominicana y una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores al cierre de cada año.
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