SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Resolución 14-2022 del Ministerio de Trabajo, que ordena al empleador servicio doméstico la adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del artículo 89 de la Organización Internacional del Trabajo, emitida en agosto del año pasado.
El TC falló una acción directa de inconstitucionalidad sometida por Luis Vilchez Bournigal, en contra de la resolución, la que declaró no conforme a la carta magna, y además, la admitió en cuanto a la forma.
“Acoger la acción anteriormente descrita, y en consecuencia, declarar no conforme con la Constitución la Resolución número 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), emitida por el Ministerio de Trabajo el 25 de agosto del año 2022, por los motivos expuestos”, explicó el Pleno del TC en la Resolución TC-012022-0041.
La Resolución 14-2022 que entró en vigencia el 19 de diciembre del año pasado, establece que los empleadores están en la obligación de registrar a la persona trabajadora doméstica por ante el Sistema Dominicano de la Seguridad Social.
Esta medida tiene como objeto principal poner en práctica el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre empleo decente para todos los trabajadores domésticos, los cuales se dedican a tareas propias del hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular.
Los beneficios establecidos en la resolución son: cobertura de riesgos laborales, establecimiento de un horario de no más de 8 horas diarias o 44 semanales, seguro médico, salario mínimo de 10,000 pesos mensuales, vacaciones, entre otros. Esto busca las personas que forman parte de este sector se les garanticen sus derechos fundamentales.